La consideración moral de los animales no humanos (Óscar Horta)

Óscar Horta es doctor en Filosofía por la Universidad de Santiago de Compostela y autor de varios artículos sobre el especismo. Ha estado implicado en el activismo antiespecista desde principios de los noventa. En el siguiente artículo, Óscar Horta nos habla brevemente sobre antropocentrismo, especismo, intereses y relevancia.

1. LA CUESTIÓN DEL ANTROPOCENTRISMO

¿Qué es el antropocentrismo?

Def1: La asignación de centralidad moral a la satisfacción de los intereses humanos.

Def2: La prescripción de (A):

(A) Aquellos que no satisfacen un cierto criterio C no deben disfrutar de un cierto beneficio B, siendo C satisfecho por y sólo por cada uno de los seres humanos.

¿Qué es el especismo?

Def1: La consideración o trato desventajoso injustificado de quienes no pertenecen a una cierta especie.

Def2: Dada la prescripción (E):

(E) Aquellos que no satisfacen un cierto criterio C no deben disfrutar de un cierto beneficio B, siendo C satisfecho por y sólo por los miembros de una determinada especie S.

(E) es especista sii (la asignación de B en función de C es injustificada o/y no es cierto que C sea satisfecha por y sólo por cada uno de los miembros de S).

La cuestión a resolver: ¿es el antropocentrismo una forma de especismo?

Las defensas del antropocentrismo: una tipología exhaustiva

(i) Por definición
(ii) Apelando a atributos de posesión comprobable (p. ej., determinadas capacidades)
(iii) Apelando a atributos de posesión no comprobable (p. ej., un estatuto metafísico superior)
(iv) Apelando a relaciones comprobables (p. ej., vínculos emocionales, relaciones de fuerza)
(v) Apelando a relaciones no comprobables (p. ej., unidad de destino común)

Una evaluación de las defensas del antropocentrismo

(i), (iii) y (v) asumen de partida lo que intentan demostrar.

(ii) y (iv) distinguen entre individuos, no entre especies. Para tener éxito han de cumplir dos condiciones:

(a) Ser satisfechas por todos los seres humanos.
(b) Ser moralmente relevantes.

(ii) y (iv) son rebatidas por el argumento de la superposición de especies.(1)(2)

¿A quién tener en cuenta?

2. EL PESO DE LOS INTERESES

La conducta y la fisiología de los animales no humanos, así como la lógica evolutiva, llevan a considerar implausible la idea de que estos no pueden experimentar dolor y placer.

No hay motivos sólidos para considerar que la capacidad de sufrir dolor físico de los seres humanos es mayor que la de otros animales.

No hay motivos sólidos para considerar que nuestros sufrimientos físicos son mínimos en comparación con nuestros sufrimientos psicológicos.

Conclusión: No hay motivo por el que debamos asumir que la capacidad de ser afectado negativamente de los seres humanos sea necesariamente mayor que la de otros animales.

3. UNA PROPUESTA EN POSITIVO

El criterio de la relevancia sugiere hacer depender lo normativamente relevante de lo ónticamente relevante. Esto es, partiendo de la consideración fáctica (O):

(O) Aquellos que satisfagan el criterio C serán afectados por aquellas decisiones que implican que puedan ser beneficiados o perjudicados

Propone la prescripción (N)

(N) Aquellos que satisfagan el criterio C serán considerados en aquellas decisiones que implican que puedan ser beneficiados o perjudicados.

Lo cual puede ser expresado como sigue:

(N’) En aquellas decisiones en las que lo que está en juego es que alguien pueda sufrir un daño o disfrutar de un beneficio, una distinción justificada ha de estar basada en un criterio que resulte determinante para que alguien pueda sufrir un daño o disfrutar de un beneficio.

Fuente: masalladelaespecie.wordpress.com – La consideración moral de los animales no humanos

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NOTAS

RespuestasVeganas.Org: La publicación de este artículo en RespuestasVeganas.Org no implica necesariamente que se compartan todas y cada una de las cuestiones expresadas en el mismo; sin embargo, consideramos interesante su publicación por la aportación que puede hacer a la causa del movimiento abolicionista por los Derechos Animales.

(1) RespuestasVeganas.Org: El «Argumento de la superposición de especies» es generalmente conocido como el «Argumento de los casos marginales». Oscar Horta rechaza esta última denominación porque según él: «La terminología de la ‘marginalidad’ aplicada a la pertenencia a una cierta especie es incorrecta. La no posesión de ciertas capacidades o el no mantenimiento de ciertas relaciones no hace que la pertenencia a la especie se vea reducida hasta ser marginal. Puede considerarse, no obstante, que el término no se refiere a la especie como tal, sino al modo en el que estos otros criterios son cumplidos. Con todo, aun en este caso parece un término que no describe bien la situación. Hay muchos seres humanos que no es que cumplan los criterios indicados de forma marginal, sino que no los cumplen en absoluto. Asimismo, incluso aunque el nombre del argumento se utilice para referir la marginalidad en relación a estos criterios, es muy posible que surjan aquí confusiones, y se entienda que lo denotado es una supuesta marginalidad en referencia a la especie. Y, por otra parte, es un término que puede dar la imagen de referir casos poco relevantes. Se puede dar la impresión de que la marginalidad se da en relación a la importancia de los casos considerados por el argumento. Esto es, se puede asumir que estos no son realmente problemáticos, que introducen meramente una cuestión de detalle, cuando, sin embargo, la dificultad que plantean para la premisa (C) resulta formidable. Ante esto, el término ‘superposición de especies’ resulta mucho más claro: pone de manifiesto que existen toda una serie de criterios, y los colectivos de los seres que los cumplen y que no los cumplen se superponen a los conjuntos constituidos por quienes pertenecen a distintas especies.» (El fracaso de las respuestas al argumento de la superposición de especies. Oscar Horta. Astrolabio: revista internacional de filosofía, ISSN 1699-7549, Nº. 10, 2010 , pags. 55-84)
(2) RespuestasVeganas.Org: Oscar Horta Responde a las críticas del argumento de superposición de especies en el siguiente artículo: El fracaso de las respuestas al argumento de la superposición de especies. Parte 2: consideración honoraria y evaluación general del argumento. Astrolabio. Revista internacional de filosofía. 2010. Núm. 10. ISSN 1699-7549. pp. 85-104. Recibido: 6/5/2010. Revisado: 28/6/2010. Aceptado: 29/6/2010.

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